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ServicioDivulgación de la información oficial

Atención solicitudes del sistema de quejas y reclamos

El Sistema de Quejas y Reclamos de la Universidad Nacional de Colombia, es un instrumento que permite a los integrantes de la comunidad universitaria y a la ciudadanía en general, presentar una queja, reclamo, solicitud de información, sugerencia o felicitación, a través de cualquiera de los medios establecidos, con el fin de ser un mecanismo de interacción con los ciudadanos y con los integrantes de la comunidad universitaria en la administración pública y ser fuente de información para el mejoramiento de los procesos de la universidad.

¿A quién va dirigido?

Estudiante - Administrativo - Docente - Egresado - Pensionado - Contratista - Exalumnos - Usuario externo - Sociedad en general

¿Cómo lo puedo realizar?

Presencial - Correo electrónico

¿Cuál es el tiempo estimado?

Queja o Reclamo: 15 días hábiles siguientes a su radicación. Solicitud de Información o Documentos: 10 días hábiles siguientes a su radicación. Formulación de Consultas a autoridades: 30 días hábiles siguientes a su radicación.

¿Tiene costo?

No

¿Cómo hacer seguimiento a la solicitud?

Presencial - Correo electrónico - Vía telefónica - Aplicativo o página web (http://quejasyreclamos.unal.edu.co/images/manuales/ManualUsuario.pdf)

¿Cómo lo hago?

Pasos a seguir

Para registrar una petición se debe hacer clic sobre la opción “Registrar Caso” del portal web de la Universidad Nacional de Colombia: quejasyreclamos.unal.edu.co. Se puede ingresar cualquier tipo de solicitud, queja, reclamos, sugerencia y felicitación por correo electrónico, por el aplicativo Aranda, telefónico y de manera presencial.

• ANÓNIMO: Corresponde a los usuarios que no desean registrar información personal. IMPORTANTE: Si usted presenta su petición como USUARIO ANÓNIMO tenga en cuenta que al finalizar el registro debe atender el mensaje que aparece en la parte inferior de la pantalla y copiar en cualquier tipo de archivo (block de notas, word, excel, etc.), el enlace o vínculo generado por el Sistema, a través del cual podrá hacer seguimiento al estado en que se encuentra el caso y la respuesta emitida por la Universidad.

• INTERNO: Corresponde a los usuarios que cuentan con un correo activo de dominio @unal.edu.co, a través del cual recibirá la información necesaria para hacer seguimiento al estado en que se encuentra el caso y la respuesta emitida por la Universidad.

• EXTERNO: Corresponde a los usuarios que NO cuentan con un correo activo de dominio @unal.edu.co, por lo cual deben acceder a la opción "Registrarse" e inscribir una dirección de correo electrónico, a través de la cual recibirán la información necesaria para hacer seguimiento al estado en que se encuentra el caso y la respuesta emitida por la Universidad.

¿Qué necesito?

Requisitos

• Tener clara la información o requerimiento a solicitar (Asunto).
• Correo para realizar seguimiento y recibir la respuesta a la solicitud.
• Si es necesario soportes que desea adjuntar para soportar la solicitud.

Documentos requeridos

• Si considera necesario el usuario puede anexar la documentación que requiera para soportar la solicitud.

Observaciones

• Mejorar la oportunidad en la gestión de cada uno de los requerimientos, dando cumplimientos a los tiempos estipulados para cada tipo de servicio. Corregir fallas en el aplicativo Aranda que permitan mejorar la Gestión. Involucar al SQRS con el Sistema de Calidad para realizar un trabajo conjunto.

¿Necesitas información?

Conoce nuestros canales de atención

sede

Bogotá

Facultad /centro/instituto

Nivel Central

Dependencia

Secretaria de Sede - Bogotá - Vicerrectoría General

Dirección

Carrera 45 No. 26 - 85 Edificio Uriel Gutierrez - Piso 4

Horarios De Atención

Lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.

Teléfono/extensión

3165000 ext 18060

Correo Electrónico

sisqueresu_bog@unal.edu.co

1. Resolución 988 de 2016 de la Rectoría. / Resolución 1376 de 2016 de Rectoría.Artículo 23 de la Constitución Política de Colombia.
2. Ley 872 del 30 de diciembre de 2003, “ por cual se crea el sistema de gestión de la calidad en la Rama Ejecutiva del Poder Público y en otras entidades prestadoras de servicios". Especialmente numeral 7.2.3, literal c.
3. Ley 962 del 08 de julio de 2005, “por la cual se dictan disposiciones sobre racionalización de trámites y procedimientos administrativos de los organismos y entidades del Estado y de los particulares que ejercen funciones públicas o prestan servicios públicos”.
4. Ley 1437 del 18 de enero 2011, “por el cual se expide el código de procedimiento administrativo y de lo contencioso administrativo”
5. Ley 1474 del 12 de julio 2011 “Por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública”; Artículos 73 y 76.
6. Decreto 2482 del 03 de diciembre 2012 del Departamento Administrativo de la Función Pública, “por el cual se establecen los lineamientos generales para la integración de la planeación y la gestión”.
7. Decreto 2641 del 17 de diciembre de 2012 de la Presidencia de la República, “por el cual se reglamentan los artículos 73 y 76 de la Ley 1474 de 2011” y el documento que hace parte integral del decreto Estrategias para la construcción del Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano.
8. Ley 1712 del 06 de marzo de 2014, “Por medio de la cual se crea la Ley de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública Nacional”.
9. Decreto 943 del 21 de mayo de 2014 del Departamento Administrativo de la Función Pública, “por el cual se actualiza el Modelo Estándar de Control Interno –MECI”.
10. Decreto 2573 del 12 de diciembre de 2014 del Ministerio de Tecnologías de la información y las comunicaciones, “por el cual se establecen los lineamientos generales de la Estrategia de Gobierno en línea”.
11. Ley 1755 del 30 de junio de 2015 “por la cual se regula el derecho fundamental de petición y se sustituye un título del Código de procedimiento administrativo y de lo contencioso administrativo”.
12. Acuerdo 171 de 2014 del Consejo Superior Universitario, “Por el cual se adopta el Estatuto Disciplinario del personal académico y administrativo de la Universidad Nacional de Colombia”.
13. Resolución de Rectoría 464 de 2014 "Por la cual se establece la estructura interna de la Vicerrectoría General y se determinan sus funciones"
14. Decreto 124 de 26 de enero de 2016, del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, “Por el cual se sustituye el Titulo 4 de la Parte 1 del Libro 2 del Decreto 1081 de 2015, relativo al “Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano” y las guías y estrategias adoptadas por este código.
15. Decreto 1166 de 10 de julio de 2016, "Por el cual se adiciona el capítulo 12 al Título 3 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho, relacionado con la presentación, tratamiento y radicación de las peticiones presentadas verbalmente".