Servicio•Gestión jurídica
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Correo electrónico
Por prescripción: contados cinco (5) años a partir de la notificación del mandamiento de pago sin que se haya iniciado gestión alguna por parte de la administración para el cobro de la obligación.
No
Correo electrónico
Pasos a seguir
• Informar, comunicar verbal o escrita la instancia que pretende el cobro; implica la entrega del cobro persuasivo, existir siempre un título ejecutivo que cumpla con el lleno de los requisitos para que sea exigible coactivamente, o el acuerdo de pago con las reglas establecidas en el reglamento interno de cartera de la Universidad.
Requisitos
• No aplica.
Documentos requeridos
• Expediente de cobro y recepción del título ejecutivo y/o de los documentos que lo constituyen.
Observaciones
• No aplica.
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sede
Bogotá
Facultad /centro/instituto
Nivel Central
Dependencia
Oficina Jurídica Sede Bogotá
Dirección
Carrera 45 N° 26 - 85 Edificio Uriel Gutiérrez - Oficina 314
Página Web
Horarios De Atención
Lunes a jueves de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. - viernes de 7:00 a.m. a 4:00 p.m.
Teléfono/extensión
3165000 ext. 18169 - 18137
Correo Electrónico
ofijuridica_bog@unal.edu.co
1. Artículo 209 de la Constitución Política de Colombia.
2. Código de Comercio (decreto 410 de 1971).
3. Decreto Extraordinario 624 de 1989 - Estatuto Tributario Nacional.
4. Ley 1066 de 2006 “Por la cual se dictan normas para la normalización de la cartera pública y se dictan otras disposiciones”.
5. Decreto 4473 de 2006 “Por el cual se reglamenta la Ley 1066 de 2006”.
6. Ley 1437 de 2011 “Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”.
7. Ley 1564 de 2012 “Código General del Proceso”.
8. Resolución de Rectoría 141 de 2007 “Por la cual se reglamenta el procedimiento de jurisdicción coactiva en la Universidad Nacional”.
9. Resolución de Rectoría 1465 de 2013 “Por la cual se adopta el Reglamento Interno de Cartera de la Universidad Nacional de Colombia”.
10. Circular N° 1 del 27 de julio de 2016 de la Dirección Jurídica Nacional. Asunto: “Lineamientos sobre requisitos para hacer efectivo el cobro de títulos ejecutivos por vía coactiva o judicial”.