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ServicioGestión jurídica

Asesoría jurídica

Brindar asesoría al Rector e instancias del Nivel Nacional y de Sede y demás órganos de gobierno universitario o dependencias involucradas en procesos jurídicos de direccionamiento o estratégicos, misionales, especiales, de evaluación, especiales y de apoyo, o en el trámite de acuerdos de voluntades, a partir de las consultas jurídicas que surjan producto de la actividad universitaria.

¿A quién va dirigido?

Cuerpos colegiados - Vicerrectoría de Sede - Dependencias del nivel de Sede - Direcciones de Sede - Facultaddes - Docentes - Estudiantes - Administrativos

¿Cómo lo puedo realizar?

Correo electrónico - Presencial

¿Cuál es el tiempo estimado?

De 10 días hábiles a 30 días hábiles

¿Tiene costo?

No

¿Cómo hacer seguimiento a la solicitud?

Correo electrónico

¿Cómo lo hago?

Pasos a seguir

• Realizar solicitud mediante: Comunicación verbal o escrita del Rector, instancias del Vicerrector u otras dependencias involucradas en procesos jurídicos estratégicos o de direccionamiento, misionales, especiales, de evaluación, especiales y de apoyo o en el trámite de acuerdos de voluntades, que en su contenido requieren una asesoría de tipo jurídico. La radicación de la solicitud implica la entrega de la documentación mínima necesaria para el estudio y asesoría, según los requisitos establecidos para cada naturaleza de acuerdo de voluntades en el Manual de Convenios y Contratos vigente o para el estudio de temáticas que requieren el conocimiento de las particularidades de la situación concreta.

¿Qué necesito?

Requisitos

• No aplica.

Documentos requeridos

• Comunicación verbal o escrita del Rector, instancias del Vicerrector u otras dependencias involucradas en procesos jurídicos estratégicos o de direccionamiento, misionales, especiales, de evaluación, especiales y de apoyo o en el trámite de acuerdos de voluntades, que en su contenido requieren una asesoría de tipo jurídico. La radicación de la solicitud implica la entrega de la documentación mínima necesaria para el estudio y asesoría, según los requisitos establecidos para cada naturaleza de acuerdo de voluntades en el Manual de Convenios y Contratos vigente o para el estudio de temáticas que requieren el conocimiento de las particularidades de la situación concreta.

Observaciones

• No aplica.

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1. LEY 1755 DE 2015. Por medio de la cual se regula el Derecho Fundamental de Petición y se sustituye un título del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. CONGRESO DE COLOMBIA.
2. LEY 1437 DE 2011. Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. CONGRESO DE COLOMBIA.
3. Acuerdo 164 de 2014 del Consejo Superior Universitario - Estructura interna académico administrativa de la Sede Bogotá.